El Derecho Internacional Privado (DIPr) regula el Derecho Privado de carácter internacional, esto es, las relaciones o situaciones privadas internacionales.
- Las relaciones o situaciones objeto de regulación por el Derecho Internacional Privado
Estas relaciones o situaciones entre particulares pueden ser entre personas físicas o jurídicas, incluso puede intervenir un ente público, siempre que actúe como un particular.
Son internacionales este tipo de relaciones o situaciones cuando las personas son de distinta nacionalidad o cuando siendo de la misma nacionalidad tienen lugar en un país extranjero.
Se puede decir que una relación o situación privada es internacional cuando hay presencia de cualquier elemento extranjero, por muy insignificante que sea.
----------
- Objeto y contenido del Derecho Internacional Privado
+ Objeto y función del Derecho Internacional Privado: la situación privada internacional
+ Problemas condicionantes del Derecho Internacional Privado
+ Derecho comparado y Derecho Internacional Privado (I): objeto y función del Derecho comparado
+ Derecho comparado y Derecho Internacional Privado (II): Common Law, Civil Law & Mixed Jurisdictions
+ Derecho comparado y Derecho Internacional Privado (III): características diferencias del DIPr en el Common Law
+ Contenido del Derecho Internacional Privado